Colonias de gatos

Colonias de gatos

La Ordenanza Municipal de Protección, Tenencia y Defensa de los animales domésticos y de compañía en su artículo 3 punto ll) define las colonias de gatos como “Conjuntos controlados de gatos, sin persona propietaria o poseedora conocida, debidamente esterilizados, que conviven en un espacio público o privado a cargo de organizaciones o asociaciones sin afán de lucro, con el objetivo de velar por su bienestar y proporcionar atención sanitaria y alimentación.

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