Colonias de gatos
Colonias de gatos
La Ordenanza Municipal de Protección, Tenencia y Defensa de los animales domésticos y de compañía en su artículo 3 punto ll) define las colonias de gatos como “Conjuntos controlados de gatos, sin persona propietaria o poseedora conocida, debidamente esterilizados, que conviven en un espacio público o privado a cargo de organizaciones o asociaciones sin afán de lucro, con el objetivo de velar por su bienestar y proporcionar atención sanitaria y alimentación.
