Delegación de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Logotipos fondos Next Generation, Ayuntamiento de Cádiz y Plan Recuperación,Transformación y Resilencia

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español está enmarcado dentro de los planes nacionales que han elaborado los 27 estados miembros de la Unión para acogerse al Plan de Recuperación para Europa NextGenerationEU.

España ha trabajado intensamente en un plan que permita aumentar la productividad y el crecimiento potencial, avanzando hacia una España verde, digital, inclusiva, con mayor cohesión social y territorial y sin brechas de género.

* Estructura del PRTR: 4 ejes transversales, 10 políticas palanca y 30 componentes.

estructura

El plan español se estructura en torno a cuatro ejes transversales que vertebrarán la transformación del conjunto de la economía y que están plenamente alineados con las agendas estratégicas de la UE, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial. Estos ejes guiarán todo el proceso de recuperación, inspirando las reformas estructurales y las inversiones que se pongan en marcha, con el objetivo último de recuperar el crecimiento, fomentar la creación de empresas y acelerar la generación de empleo.

Estos 4 ejes se concretan en 10 políticas palanca y 30 componentes que articulan el importante programa de reformas e inversiones con el horizonte 2023. Cada componente se centra en un reto u objetivo concreto e incluye reformas e inversiones que, de forma coherente y complementaria, contribuyen a alcanzar dichos objetivos o superar los retos. Para todos ellos, se identifican las metas e hitos intermedios, los resultados esperados, el número de beneficiarios, así como el coste detallado de cada elemento.

 

ANTIFRAUDE

Documento “PLAN ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ

Con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, el Excmo. Ayuntamiento de Cádiz, como entidad ejecutora del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, acuerda en sesión de Junta de Gobierno Local celebrada con fecha 27/01/2022 la adopción de un Plan de Medidas Antifraude específico, como prueba de compromiso en la lucha contra la corrupción y el fraude, al mismo tiempo que en cumplimiento del citado artículo 22, protege los intereses financieros de la Unión Europea y procura, en su ámbito de actuación, la adecuada utilización de estos fondos de conformidad con la normativa vigente.

El desarrollo del Plan de Medidas Antifraude está basado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que establece, en su artículo 2, que uno de los principios o criterios específicos, de obligatoria consideración en la planificación y ejecución de los componentes del PRTR, y por lo tanto transversales en el conjunto del Plan es el refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude la corrupción y los conflictos de interés. Además, en su artículo 6.5 indica que el Plan de Medidas Antifraude deberá cumplir los siguientes requerimientos mínimos:

  • a) Aprobación por la entidad decisora o ejecutora, en un plazo inferior a 90 días desde la entrada en vigor de la presente Orden o, en su caso, desde que se tenga conocimiento de la participación en la ejecución del PRTR.
  • b) Estructurar las medidas antifraude de manera proporcionada y en torno a los cuatro elementos clave del denominado ciclo antifraude: prevención, detección, corrección y persecución.
  • c) Prever la realización, por la entidad de que se trate, de una evaluación del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo de fraude en los procesos clave de la ejecución del PRTR y su revisión periódica, bienal o anual según el riesgo de fraude y, en todo caso, cuando se haya detectado algún caso de fraude o haya cambios significativos en los procedimientos o en el personal.
  • d) Definir medidas preventivas adecuadas y proporcionadas, ajustadas a las situaciones concretas, para reducir el riesgo residual de fraude a un nivel aceptable.
  • e) Prever la existencia de medidas de detección ajustadas a las señales de alerta y definir el procedimiento para su aplicación efectiva.
  • f) Definir las medidas correctivas pertinentes cuando se detecta un caso sospechoso de fraude, con mecanismos claros de comunicación de las sospechas de fraude.
  • g) Establecer procesos adecuados para el seguimiento de los casos sospechosos de fraude y la correspondiente recuperación de los Fondos de la UE gastados fraudulentamente.
  • h) Definir procedimientos de seguimiento para revisar los procesos, procedimientos y controles relacionados con el fraude efectivo o potencial, que se transmiten a la correspondiente revisión de la evaluación del riesgo de fraude.
  • i) Específicamente, definir procedimientos relativos a la prevención y corrección de situaciones de conflictos de interés conforme a lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 61 del Reglamento Financiero de la UE. En particular, deberá establecerse como obligatoria la suscripción de una DACI por quienes participen en los procedimientos de ejecución del PRTR, la comunicación al superior jerárquico de la existencia de cualquier potencial conflicto de intereses y la adopción por este de la decisión que, en cada caso, corresponda.

De esta forma, el Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Cádiz se conforma como un documento dinámico, con actualizaciones anuales del cuestionario “Test conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción” que se indica en el Anexo II.B.5 de la referida Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

Las medidas contenidas en el Plan de Medidas Antifraude se estructuran en torno a los cuatro elementos clave del ciclo antifraude:

  • 1) Prevención
  • 2) Detección
  • 3) Corrección
  • 4) Persecución

El objetivo no es solo el cumplimiento que la normativa establece, sino la generación de una cultura de compromiso ante la corrupción y el fraude para todos sus destinatarios, del mismo modo que se constituye como efecto disuasorio para cualquier tipo de actividad fraudulenta, haciendo posible su prevención y detección, y desarrollando unos procedimientos que faciliten la investigación del fraude y de los delitos relacionados con el mismo, que permitan garantizar que tales casos se abordan de forma adecuada y en el momento preciso.

 

* Compromisos del Ayuntamiento de Cádiz en la lucha contra el fraude

Con objeto de prevenir y detectar el fraude se cumplirá con las siguientes funciones:

  • Asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de su área de responsabilidad.
  • Asegurar la debida diligencia y la implementación de las medidas de precaución en caso de sospecha de fraude.
  • Adoptar medidas correctoras, incluidas las sanciones administra+vas, según proceda.
  • Facilitar a los Organismos correspondientes, con carácter periódico, sobre los resultados de sus medidas de prevención del fraude.
  • Sensibilizar y si fuere necesario ofrecer formación con+nua del personal propio y de los beneficiarios.

 

* Canales de denuncia de casos de fraude, corrupción o conflictos de intereses.

La Comunicación 1/2017 de la Intervención General de la Administración del Estado, de 6 de abril, sobre la forma en la que pueden proceder las personas que tengan conocimiento de hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la unión europea, establece el procedimiento por el que comunicar las sospechas de fraude
directamente al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), para su valoración y eventual comunicación a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.

Para determinar la pertinencia del envío de las sospechas de fraude al SNCA y poder contar con un histórico de las irregularidades reportadas, se recomienda realizar la comunicación previamente a la Comisión de Evaluación de Riesgo de Fraude del Ayuntamiento de Cádiz.

Esta comunicación podrá realizarse por dos vías:
- Por registro, enviando la documentación físicamente a la Comisión de Evaluación de Riesgo de Fraude del Ayuntamiento de Cádiz - Casa Consistorial, Plaza de San Juan de Dios, s/n, 11005 Cádiz.
- Por medios electrónicos, enviando la documentación a la dirección de correo electrónico plancontraelfraude@cadiz.es.

La información que se remita a la Comisión de Evaluación de Riesgo de Fraude deberá contener una descripción de los hechos de la forma más concreta y detallada posible, identificando, siempre que fuera posible, las personas que hubieran participado en los mismos; los negocios, convocatorias, instrumentos o expedientes afectados por la presunta irregularidad o fraude; la fecha cierta o aproximada en la que los hechos se produjeron; el Fondo o Fondos Europeos afectados y el órgano o en+dad y área concreta que hubiera gestionado las ayudas.
Asimismo, deberá aportarse cualquier documentación o elemento de prueba que facilite la verificación de los hechos comunicados.

Garantía de confidencialidad.
Tal y como se indica en Comunicación 1/2017, de 6 de abril, sobre la forma en la que pueden proceder las personas que tengan conocimiento de hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea, el personal del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (y por tanto de la Comisión de Evaluación de Riesgo de Fraude del Ayuntamiento de Cádiz) guardará el debido secreto respecto de cualquier información de la que tenga conocimiento, no pudiendo utilizar.