Nuevos programas de empleo

PROGRAMA EMPLE@30 + DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
Decreto Ley 9/2014 de 15 de julio de 2014 (BOJA de 21 de julio núm. 140)
 
 
Financiación: Las ayudas que se otorgan en el marco de la Iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+ están cofinanciadas en un 80% por el Programa Operativo Fondo Social Europeo de Andalucía 2007-2013 y en un 20% por la Junta de Andalucía, y las correspondientes a la Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo por el Programa Operativo Fondo Social Europeo de Adaptabilidad y Empleo 2007-2013.
 
 
Objeto: Establecer un conjunto de medidas destinadas a fomentar la inserción laboral de personas desempleadas de treinta o más años de edad, a través de las siguientes iniciativas de actuación:
 
a) Iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+.
 
b) Iniciativa de Proyectos de Interés General y Social generadores de empleo.
 
Personas destinatarias de la Iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo 30+:
 
- Personas de treinta o más años de edad, inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo hasta el 30 de junio de 2014.
 
 
Criterios de selección: La selección se realizará de entre las personas desempleadas, residentes en el municipio de referencia, propuestas por el SAE sobre la base de la adecuación al perfil solicitado para el puesto de trabajo ofertado, con el siguiente orden de prelación:
 
- Personas beneficiarias del ingreso Mínimo de Solidaridad, de acuerdo con el Decreto 2/1999, de 12 de enero, y solicitantes del Programa de Solidaridad respecto de las que las Comisiones Provinciales de Valoración previstas en la norma anterior, hayan formulado propuestas de resolución sobre la concesión del Ingreso Mínimo de Solidaridad.
 
- Personas desempleadas de larga duración, que hayan agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo o asistencial.
 
- Personas desempleadas de larga duración, que a la entrada en vigor del Decreto-ley 6/2014, de 29 de abril, sean titulares de un Bono de Empleo Joven, y no hayan formalizado un contrato de trabajo.
 
- Personas desempleadas de larga duración, en general.
 
- Personas desempleadas en general.
 
Dentro de cada grupo de prioridad se ordenarán las personas candidatas atendiendo a la fecha de solicitud de ocupación o, en su defecto, a la fecha de inscripción, de las más antigua a la más reciente.
 
La contratación se realizará por un período máximo de 6 meses.
 
 
Más información:
 
 
- Llamando a los teléfonos: 955063966 o 902996031.
 
 
 
PROGRAMA EMPLE@JOVEN DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
 
PROGRAMA EMPLE@JOVEN DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, PARA LA ACTIVACIÓN DEL EMPLEO JOVEN. Decreto Ley 6/2014 de 29 de abril de 2014 
 
(BOJA de 7 de mayo núm. 86)
 
 
Financiación: Las ayudas que se otorguen serán cofinanciadas, en su caso, con fondos de la Unión Europea.
 
 
Iniciativas de actuación que incluye:
 
- Activa Empleo Joven.
 
- Cooperación social y comunitaria para el impuso del empleo joven.
 
- Prácticas profesionales en empresas.
 
- Bono de Empleo Joven.
 
- Becas para el desarrollo de proyectos I+D+i
 
 
Requisitos generales para participar en el Programa Emple@Joven:
 
- Personas jóvenes con edades comprendidas entre los 18 y 29 años (nacidos entre el 7 de mayo de 1984 y 8 de mayo de 1996)
 
- Estar empadronados en algún municipio de Andalucía, teniendo preferencia para las contrataciones aquellos los empadronados en el municipio en el que se va a realizar la contratación.
 
Se establecen requisitos adicionales para acceder a las siguientes iniciativas:
 
- Prácticas profesionales en empresas: Poseer una titulación universitaria oficial, titulación de enseñanzas artísticas, profesionales o deportivas o una formación profesional inicial, y no haber sido contratado a través del Programa Bono de Empleo 
 
Joven en la convocatoria 2013.
 
- Cooperación Social y Comunitaria para el impulso del empleo joven: Estar desempleado inscrito como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo a fecha de 31 de marzo de 2014 y tener su demanda en alta.
 
 
La duración de los contratos tendrá una duración máxima de seis meses.
 
- Bono de Empleo Joven: Poseer una titulación universitaria oficial, titulación de enseñanzas artísticas, profesionales o deportivas o una formación profesional inicial, o título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, obtenida en el período de cinco años anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
 
- Becas para el desarrollo de proyectos I+D+i: Poseer una titulación universitaria oficial, de grado, máster, doctorado o equivalente, obtenida dentro de los dos cursos anteriores a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto.
 
Forma de inscripción:
 
Para participar en el programa se solicitará cita previa de demanda de inscripción a través de internet en www.citaempleo.es o llamando al 955625695 o al 902100506.
 
Acudir a la cita en la oficina de empleo con original y copia de la solicitud descargada de la web y cumplimentada y volante de empadronamiento.
 
Plazo de inscripción:Se puede solicitar la inscripción en el programa desde el día siguiente a la publicación del Decreto (8 de mayo de 2014) y sin fecha límite prevista de fin.
 
 
Más información:
 
 
- Llamando a los teléfonos: 955063966 o 902996031.
 
 
 
PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN DE ANDALUCÍA. PLAN DE INCLUSIÓN A TRAVÉS DEL EMPLEO
 
PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE AYUDA A LA CONTRATACIÓN DE ANDALUCÍA. PLAN DE INCLUSIÓN A TRAVÉS DEL EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
Decreto Ley 8/2014 de 10 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social a través del empleo y el fomento de la solidaridad en Andalucía (BOJA de 13 de junio núm. 113)
 
Financiación: El Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación de Andalucía para el año 2014 será a cargo del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
 
Objeto: Favorecer la inclusión social y paliar las situaciones de necesidad derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral para personas en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.
 
Personas destinatarias:
 
- Personas en edad laboral pertenecientes a una unidad familiar que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 8.
 
Requisitos de la personas destinatarias:
 
- Deberán estar empadronadas en el municipio de la comunidad en el que presenten la solicitud y reunir los siguientes requisitos:
 
a) Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación se encuentren en situación de demandante de empleo inscrito en el Servicio Andaluz de Empleo y no hayan trabajado más de 90 días durante el año anterior a la solicitud.
 
b) Que pertenezcan a una unidad familiar donde concurran los las siguientes circunstancias:
 
1. Que al menos un año antes de la presentación de la solicitud para acogerse a la contratación, todas las personas que componen la unidad familiar hayan estado empadronadas como residentes en un mismo domicilio ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a excepción de las personas menores nacidas, adoptadas o acogidas con posterioridad a esa fecha, las víctimas de violencia de género y las personas andaluzas retornadas.
 
2. Que el importe máximo de los ingresos netos del conjunto de las personas que forman la unidad familiar sea:
 
- Inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), para unidades familiares de una sola persona.
 
- Inferior a 1,3 veces el IPREM para unidades familiares de dos personas.
 
- Inferior a 1,5 veces el IPREM para unidades familiares de tres personas.
 
- Inferior a 1,7 veces el IPREM para unidades familiares de cuatro o más personas.
 
A tal efecto, se computarán los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación.
 
c) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante informe realizado por la persona trabajadora social de los Servicios Sociales Comunitarios. El informe social solo se emitirá si la persona cumple los requisitos señalados en este artículo.
 
- Prioridades en la adjudicación de los contratos: Entre las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el art. 8, hayan presentado la solicitud, tendrán prioridad para la adjudicación aquéllas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurra por orden de prelación alguna de las circunstancias siguientes:
 
a) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros no hayan realizado actividad laboral de empleo durante al menos seis meses del año anterior a la fecha de solicitud.
 
b) Que la persona solicitante o alguno de los que componen la unidad familiar sea víctima de violencia de género. En ningún caso la persona solicitante podrá ser el agresor y tendrá esta consideración la persona procesada y condenada por delitos que deba conocer un Juzgado de Violencia contra la Mujer.
 
c) Que alguna de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en situación de dependencia.
 
d) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo.
 
e) Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.
 
f) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.
 
g) Que la persona solicitante forma parte de una unidad familiar con, al menos, dos menores a cargo.
 
h) Que la persona solicitante sea residente en Zonas con Necesidades de Transformación Social.
 
i) Que la persona solicitante sea mujer.
 
j) Que la persona solicitante sea mayor de cincuenta años.
 
- Contrataciones: Los contratos financiados con cargo a este programa, se realizarán conforme a la normativa laboral vigente, y tendrán una duración determinada de un mínimo de 15 días y un máximo de tres meses, mediante la modalidad de obra y servicio determinado.
 
- Plazo para la presentación de solicitudes: Próximamente se informará de la apertura del plazo de solicitudes y de la documentación a aportar junto con la solicitud.