Delegación de Hacienda

Pago de Tributos, Medios de pago, Domiciliación bancaria

Los tributos pueden ser pagados:

  • Portal del Contribuyente (acceda con certificado digital o DNI electrónico) Información /Impresión de recibos.
  • EFECTIVO O CHEQUE CONFORMADO A NOMBRE DEL AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ: en Entidad Gestora o Entidades Colaboradoras.
  • TRANSFERENCIA BANCARIA: Siempre que el ingreso conste en la cuenta del Ayuntamiento dentro del período voluntario de pago.
  • DOMICILIACIÓN BANCARIA:
    • En la Entidad Gestora y en Entidades Colaboradoras rellenando el impreso que parece en el tríptico del abonaré del recibo.
    • En las Oficinas de Tesorería del Ayuntamiento de Cádiz rellenando el impreso establecido al efecto, que desde esta página se puede descargar, completándo todos los datos y con la firma del titular de la cuenta bancaria donde se va a domiciliar o en su defecto con autorización del titular acompañada de fotocopia del D.N.I. del autorizado y del titular.
      • Todos los recibos que lleven la denominación "LIQUIDACIÓN" no pueden ser domiciliados.
      • Es posible domiciliar los fraccionamientos de recibos en periodo voluntario:
        • en el momento de la solicitud del fraccionamiento o aplazamiento del pago de deudas en período voluntario de cobro, podrán solicitar la domiciliación de los plazos. Para ello deberán dirigirse al Servicio de Gestión e Inspección Tributaria cumplimentando el impreso correspondiente. Los cargos por domiciliación bancaria se harán los dias 5 de cada mes
      • La domiciliación de los recibos de padrón, surtirá sus efectos a partir de los periodos de pago en voluntaria, que se inicien, al menos dos meses después de la presentación del documento de domiciliación bancaria en las Oficinas Municipales..
  • ENTIDAD GESTORA: UNICAJA
  • ENTIDADES COLABORADORAS:

 

 

Impreso para domiciliación bancaria

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