Estos expedientes se tramitan conforme a lo establecido en la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.
En este apartado se incluyen una serie de infracciones que afectan a la ordenación de las relaciones de convivencia de interés local y del uso de sus servicios, equipamientos, infraestructuras, instalaciones, etc.
El Ayuntamiento, y a través de la Policía Local, vela por cumplimiento de las distintas Ordenanzas y Reglamentos que regulan estas relaciones de convivencia en la Ciudad. Se hace especial hincapié en el control y corrección de aquellas infracciones que afectan a la limpieza, mantenimiento y medio ambiente en la Ciudad.
Las mismas se hayan reguladas por una amplia normativa sectorial especifica, donde se establecen los distintos tipos de infracciones y sus correspondientes sanciones, así como en distintas Ordenanzas Municipales.
A titulo de ejemplo, se citan las más comunes:
- Ordenanza Municipal de Limpieza.
- Ordenanza Municipal de Comercio Ambulante,
- En materia de Protección Ambiental,
- Normativa de Residuos.
- Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
- etc.
En el caso de que la sanción sea pecuniaria ó de abono de los gastos causados por la reparación de instalaciones dañadas, la forma de pago puede ser en efectivo en la sección de tráfico sita en Plaza San Juan de Puerto Ricos s/n o por transferencia o ingreso a la cuenta número 2103 4025 34 3325020455 de Unicaja de Cádiz. En éste caso se debe indicar claramente el nº de expediente, nº denuncia, nombre y apellidos del denunciado, y D.N.I. con objeto de evitar confusiones. Estos datos se consideran imprescindible para su control.