Delegación de Estadística

Volantes y certificados

Existen dos tipos de documentos que pueden expedirse a partir de los datos del padrón: Volantes y Certificados.

VOLANTES DE EMPADRONAMIENTO

El volante de empadronamiento tiene valor informativo sobre la situación padronal, pero es válido para múltiples fines:

  • Tramitación del D.N.I., Pasaporte y Tarjeta de Residencia.
  • Matriculación de vehículos en Tráfico.
  • Matriculación en colegios, institutos y universidad.
  • Becas
  • Ayudas sociales y subsidio de desempleo.
  • Reducción de tarifas de transporte público, electricidad, etc.)
  • En general, su aportación en procesos y ante Organismos que no requieran prueba rigurosa.

CERTIFICADOS DE EMPADRONAMIENTO

Los certificados expedidos sobre los datos padronales tienen carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.

El Certificado de empadronamiento es, por tanto, el único documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento.

Este tipo de documento deberá aportarse siempre que se necesite acreditar el empadronamiento ante los Tribunales de Justicia y ante Organismos Extranjeros. También es exigido en los siguientes casos:

  • Salario Social.
  • Pensiones no contributivas.
  • Prestación a favor de familiares.
  • Prestación por hijo a cargo.
  • Adopción Internacional.
  • Aquellos certificados que requieran acreditación de tiempo de residencia anterior a 01.05.1996.

Los certificados llevan la firma del Secretario del Ayuntamiento y de la Sr. Alcalde, o de las personas en quienes deleguen.

Para solicitar volante y/ó certificado de empadronamiento, así como comunicar un alta o cambio de domicilio en el padrón dispone de las siguientes opciones:

1.- Online con certificado digital a través del registro electrónico común de la administración General del Estado (con certificado digital). El enlace es el siguiente: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do

2.- Presencialmente, acudiendo a nuestras oficinas en el Ayuntamiento con original y fotocopia de la documentación en vigor y actualizada. No siendo necesario cita previa.

Le informamos que para ser atendidos en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (S.A.C.), Estadísticas y Padrón, así como para la acreditación del certificado digital, no es necesario solicitar cita previa. Simplemente habrá de coger turno en el gestor de cola situado en el patio de la Casa Consistorial.

En aquellos días en los que se supere el aforo se limitará la obtención del número a partir de las 13.00 horas

  • Horario de invierno, desde el 1 de octubre al 31 de mayo:
    • de 8.30 a 14.00 horas
  • Horario de verano, desde el 1 de Junio al 30 de Septiembre:
    • de 8.30 a 13.00 horas