En cuanto a los principios que inspiran la gestión del Gobierno y que por tanto, conforman su Código Ético y de Buen Gobierno, son los siguientes:
Principio de legalidad.
El Ayuntamiento de Cadiz se organiza y actúa con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho, y ejerce sus competencias con plena sujeción a lo dispuesto en la Constitución Española, en la legislación básica estatal sobre régimen local, dictada al amparo del artículo 149.1.18ª CE.
Principio de autonomía local.
1. El Ayuntamiento de Cadiz se organiza y ejerce sus competencias dentro de los límites de la autonomía local reconocida y protegida por la Constitución Española en su artículo 140, interviniendo en cuantos asuntos afecten al círculo de sus intereses.
2. El Ayuntamiento adoptará todas las medidas administrativas y ejercerá todas las acciones judiciales que considere oportunas frente a cualquier actuación o situación que constituya una vulneración del contenido constitucionalmente protegido de dicha autonomía local.
Principio de servicio objetivo al interés general.
El Ayuntamiento de Cadiz, bajo la superior dirección del Alcalde, sirve con objetividad y transparencia los intereses generales del municipio, tratando de alcanzar en todas las facetas de la actuación corporativa las condiciones que aseguren el progreso y el bienestar de los vecinos de Cadiz, garantizará la calidad y transparencia de la actuación municipal y promoverá la coordinación y colaboración con las demás Administraciones
Públicas, velando en sus relaciones con los ciudadanos por la rápida y justa resolución de sus asuntos y actuando con sometimiento pleno a la Ley a al Derecho.
Principio de participación democrática.
La organización y funcionamiento del Ayuntamiento garantiza la más amplia participación democrática en el gobierno municipal y facilita la intervención activa de los vecinos en la toma de decisiones.
Principio de integridad democrática, transparencia y proximidad.
La composición, organización y régimen de funcionamiento de los órganos municipales garantizan la integridad democrática del Ayuntamiento de Cadiz, la transparencia en el ejercicio de las funciones de gobierno y administración municipal y la máxima proximidad de la gestión corporativa a los intereses de los vecinos.
Principio de gestión responsable.
El Ayuntamiento de Cadiz ejercerá con plena responsabilidad las funciones ejecutivas y administrativas que le atribuyan las leyes o le deleguen otras Administraciones Públicas.
2. La responsabilidad de los Concejales del Ayuntamiento de Cadiz será exigible en los términos previstos en el artículo 78 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Principio de eficacia, descentralización funcional y desconcentración.
1. En el ejercicio de sus competencias, el Ayuntamiento de Cadiz actuará con sujeción al mandato constitucional de eficacia.
2. La organización del Ayuntamiento de Cadiz se ajustará a los principios de descentralización funcional y desconcentración, con el fin de conseguir una distribución racional, eficaz y eficiente de las funciones encomendadas a los distintos órganos municipales.
Por tanto, este Código Ético, que recoge este documento, es el marco que ha amparado, ampara y amparará toda acción de gobierno.