Vigilancia y control de establecimientos, actividades, productos y servicios en el mercado comprobando su adecuación a lo establecido por la normativa vigente.
La inspección podrá visitar todos los establecimientos que tengan relación directa o indirecta en la investigación que se lleve a cabo.
Podrá requerir la colaboración de cualquier persona relacionada con el objeto de la inspección así como solicitar los documentos que considere relevantes.
Obligaciones del inspeccionado:
- Suministrar información sobre los instaladores, productos y servicios que venden.
- Tener a disposición de la inspección la documentación que justifique las transacciones realizadas.
- Facilitar la obtención de copias o reproducciones de la documentación.
- En general, facilitar las visitas de inspección y acceso a las dependencias del establecimiento.
- Búsqueda de establecimientos de productos incluidos en la red de alerta.
- Productos potencialmente peligrosos para la salud.
- Información y asesoramiento al empresario o titular sobre la normativa de consumo que le afecta.