Unidad Administrativa:
Urbanismo. Negociado de Obras y Planeamiento.
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SUPUESTOS DE EXPROPIACIONES:
La Expropiación forzosa por razón de urbanismo procederá en cualquiera de los siguientes supuestos:
- La determinación de este sistema para la unidad de ejecución correspondiente.
- El destino de terrenos, por su calificación urbanística, a cualquiera dotaciones y en general, al dominio público de uso o servicio público.
- La adquisición de bienes para su incorporación a los patrimonios públicos de suelo o para su constitución y ampliación conforme a la ley.
- La declaración , definitiva en vía administrativa, del incumplimiento de los deberes legales urbanísticos del propietario.
- Entre otros.
PROCEDIMIENTO:
Organo Competente.
Corresponde al Pleno la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación, sin perjuicio de sus facultades de delegación en la Junta de Gobierno Local.
Esquema básico:
- Inicio de expediente y declaración de utilidad pública.
- Publicación e información pública por plazo de quince días. (art. 18 de la Ley de Expropiación Forzosa.
- Relación de propietarios y descripción de bienes y derechos afectados.
- Publicación e información pública por plazo de veinte días (art. 164 de la Ley 7/2.002, de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía).
- Plazo de quince días para llegar a un mutuo acuerdo.
- Expediente de justiprecio.
- Si no coincide la valoración presentada por los propietarios con la realizada por la Oficina Técnica.
- Rechazar la valoración presentada y aprobar la valoración municipal.
- Si los propietarios no están de acuerdo con la valoración aprobada, se remite el expediente a la Comisión Provincial de Valoración.
- Una vez fijado el justiprecio.
- Suscripción del Acta de Ocupación.
Legislación Esencial Aplicable:
- Ley 7/2.002, de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
- Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 16 de diciembre de 1.954.
- Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa aprobado por Decreto de 26 de abril
- de 1.957.
- Ley 6/98 de 13 de abril sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana
- Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 23 de junio de 1.978.